El pasado 4 de junio FEDEME, CCOO y UGT firmaban el Acta del Preacuerdo con cuyos pactos se suscribirá próximamente el CC Siderometalúrgico de Sevilla 2018-2020. Finaliza así un periodo intenso de negociación que arrancaba el pasado mes de diciembre (2017) y que ha estado marcado por el elevado número de reivindicaciones sociales de los sindicatos.
Era de esperar este tipo de planteamientos tras estos últimos años de crisis, argumentando la "necesaria recuperación de poder adquisitivo y derechos económicos y sociales perdidos por los trabajadores durante la crisis y tras la reforma laboral". Sin embargo, desde FEDEME, consideramos que, si bien la situación económica de nuestros sectores en general puede ser mejor que la que vivíamos hace 3 años, lo cierto es que son muchas las pymes del Metal que actualmente siguen inmersas en una realidad compleja, en la que cualquier sobrecoste económico puede comprometer la continuidad de su actividad.
Así, desde FEDEME calificamos el nuevo CC Siderometalúrgico de Sevilla que finalmente se suscribirá en los próximos días como:
En cuanto a los acuerdos alcanzados destacamos que se mantiene la jornada laboral actual durante toda la vigencia del CC -1759 horas/ 3 años-, así como los avances en materia de flexibilidad que representan las mejoras de la bolsa horaria irregular que se introducen. También valoramos que se haya conseguido mantener la figura del Salario Nuevo Ingreso en toda su extensión temporal, que no se hayan incorporado nuevos conceptos salariales al Texto y que se hayan firmado incrementos salariales proporcionados, (2%, 2.1%, 2.2%, respectivamente), acordes con los parámetros económicos que nuestros sectores están suscribiendo actualmente, y por debajo de las pretensiones salariales defendidas a nivel nacional tanto por CEOE (2%+ 0,5% ) como por CCOO /UGT (3,1% como mínimo+ productividad).
El CC Siderometalúrgico de Sevilla 2018/2020 es el primer CC que se firma bajo el paraguas de un Convenio Estatal del Metal (II CEM. BOE 19.06.17), por lo que estábamos obligados a incluir en nuestro texto la regulación de determinadas materias reservadas legalmente a la negociación colectiva estatal, y de las que destacamos el nuevo Anexo en materia de PRL que el Convenio incorporará.
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