AMPLIADO EL PLAZO PARA LA FORMACIÓN MÍNIMA OBLIGATORIA EN PRL PARA LOS TRABAJADORES DEL METAL

Rocío Fernández Jiménez,

AMPLIADO EL PLAZO PARA LA FORMACIÓN MÍNIMA OBLIGATORIA EN PRL PARA LOS TRABAJADORES DEL METAL


El pasado 12 de enero se publicó el IV Convenio Colectivo Estatal de la Industria, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector Metal (IV CEM). Además de los diferentes cambios introducidos en el nuevo convenio, se establece la prórroga de un año, a contar desde el 1 de octubre de 2021 (es decir, hasta el 1 de octubre de 2022), como plazo que tienen las empresas para formar a los trabajadores, y así cumplir con lo señalado en el Capítulo XVII (Formación mínima en PRL de las personas trabajadoras del Sector del Metal) y los contenidos formativos asociados a éstas (Anexo II).

Asimismo, también se contempla la obligatoriedad de proporcionar a los trabajadores una formación de reciclaje, consistente en cuatro horas de formación, impartidas periódicamente cada cuatro años, o cuando la persona trabajadora haya estado alejado del sector al menos durante un año de forma continuada.

FEDEME, a través de su "Escuela del Metal", y en concreto desde su "Aula de PRL", como entidad homologada para impartir todas las especialidades de esta formación obligatoria, se pone a disposición de las empresas del Metal para planificar dicha formación y ayudarlas a dar cumplimiento a lo establecido en este nuevo convenio. 

Las empresas interesadas pueden contactar con la "Escuela del Metal FEDEME", por teléfono, en el: 954 526 988 ó 954 999 644, o a través de correo electrónico, enviando un email a:  formacion@fedeme.com

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