TRIBUNA: FRAUDE Y ELUSIÓN FISCAL - FORMAS DE COMBATIRLOS

Antonio Catalán Gamboa,

TRIBUNA: FRAUDE Y ELUSIÓN FISCAL - FORMAS DE COMBATIRLOS


Para combatir estos dos graves problemas de la economía española, en primer lugar es necesario conocer sus motivos y evaluarlos; la evasión, íntimamente ligada a la economía sumergida, es imposible de cuantificar, precisamente por ser “sumergida” e imposible de eliminar, pero si llevarla a porcentajes similares a países con un control más eficiente, y tal vez una moralidad diferente encauzada desde la escuela.

¿Qué es el fraude fiscal considerando como tal al fraude a la Seguridad Social? Existen muchas definiciones, pero simplificando: la evasión de tributos o cargas sociales, o su disminución con el fin de un enriquecimiento ilícito.

¿Y la elusión fiscal? Aquí entramos en un terreno más resbaladizo ya que generalmente es utilizado por grandes empresas para minimizar la carga tributaria utilizando métodos de ingeniería fiscal que sin vulnerar la Ley lo consiguen, como puede ser, aparte de un profundo conocimiento de la ley, los paraísos fiscales, incluso la subcontratación abusiva descargando obligaciones tributarias a terceros.

El fraude y la elusión fiscal, que son difíciles de cuantificar como ya se ha apuntado, se estima que están entre el 22/24%, es decir una cuarta parte del PIB.  

¿Cómo se arregla este despropósito hasta llevarlo a niveles de países mejor organizados, por ejemplo: Alemania, 15%; Noruega, 19%; Francia, 15%; Reino Unido, que de tener el 2% en 1970 ronda el 15% en la actualidad? Con independencia del ahorro por supresión de organismos inútiles, decisiones políticas absurdas, etc., nos encontramos, con:

a) Un complejo sistema impositivo: que por su estructura y características influye directamente en la aparición y desarrollo del fraude y la elusión, así como los medios con los que se realiza. De forma que un sistema fiscal complejo representa un importante factor de oportunidad, al permitir a los agentes implicados la oportunidad de la evasión en función de sus conocimientos y de sus posibilidades de asesoramiento.

b) Los tipos impositivos marginales: el crecimiento de los tipos impositivos marginales en un sistema fiscal progresivo favorece la evasión, y este a su vez se encuentra estimulado por la existencia de bajo riesgo de detección. Esta hipótesis ha sido contrastada por diversos analistas que han comprobado que los tipos impositivos marginales altos favorecen el esfuerzo para su no cumplimiento.

c) El exceso de regulación: las sociedades contemporáneas se caracterizan por encontrarse sometidas a crecientes regulaciones con la finalidad de proteger a la competencia, al medio ambiente, a los consumidores y a los trabajadores, etc. Los estados modernos promulgan continuamente nuevas leyes y disposiciones que afectan al funcionamiento de sus economías; y no digamos España con sus 17 autonomías. La complejidad que introducen estas reglamentaciones dificulta la realización de actividades productivas regladas que dan paso al incumplimiento de las obligaciones fiscales.

d) La moralidad de los agentes sociales frente al fraude: entre las distintas causas que favorecen los diferentes tipos de fraude, considerando, el fiscal y Seguridad Social, todos los analistas coinciden en la importancia de la moralidad pública asociada a las valoraciones éticas y sociales predominantes en una sociedad. El estudio de la predisposición hacia el fraude viene enfocándose analizando la percepción de intercambio entre el individuo y el Estado; esta se expresa como la diferencia entre la utilidad que el contribuyente observa entre su esfuerzo fiscal y lo que percibe, al igual que la equidad del sistema, la ejemplaridad de sus gobernantes y el grupo social al que pertenece.

Entre las medidas concretas para luchar contra el fraude y la elusión fiscal estarían el incremento sustancial de los medios humanos y materiales de la Agencia Española de la Administración Tributaria (AEAT), especialmente de la plantilla dedicada al Control Financiero y Tributario y el refuerzo de la coordinación entre la Agencia Tributaria del Estado y de las administraciones autonómicas, coordinadas por la primera. 

Igualmente, la reducción drástica de los tiempos de resolución de las reclamaciones contra las actuaciones de las administraciones tributarias y garantía de la debida especialización de los funcionarios que ocupan puestos en los tribunales económico-administrativos. 

Desde el punto de vista legal hablaríamos de la reforma de la figura del delito fiscal como clave de la estrategia de prevención y lucha contra el fraude, con un incremento de las penas y los plazos de prescripción, así como la tipificación de nuevos delitos y circunstancias agravantes; el endurecimiento de las sanciones administrativas y penales por el fraude cometido en la emisión de facturas falsas (con perjuicio en IVA e IS principalmente); eliminación de la moneda física y su sustitución por tanto en virtual, que controla tanto a receptor como pagador.

En lo referido a la elusión, las medidas para combatirlas pasan por la lucha contra la utilización indebida de convenios internacionales y la planificación fiscal abusiva; el refuerzo del control patrimonial de las personas físicas y jurídicas para detectar incrementos patrimoniales nos justificados (signos externos); el restablecimiento del Impuesto del Patrimonio a los niveles de su creación, entre otras.

En cuanto a la delación ¿qué hacemos con ella?... culturalmente sería admisible.   

NOTA: la medida estrella, estudiada ya por los países escandinavos, sería la supresión de la moneda física por la virtual: transferencia bancaria, tarjeta o monedero electrónico, al dejar sitio solo para una mínima evasión fiscal (trueque o su más moderna acepción, la economía colaborativa). Esto significaría un salto cuantitativo en los ingresos fiscales, aproximadamente del 12/15% que obligaría a recalcular los tipos.

 

                           Juan Antonio Peña Torres.

Colaborador FEDEME

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