El 12 de enero de 2022 fue publicado el IV Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM)
El ámbito funcional del Sector del Metal comprende a todas las empresas y personas trabajadoras que realizan su actividad, tanto en procesos de fabricación, elaboración o transformación, como en los de montaje, reparación, conservación, mantenimiento, almacenaje o puesta en funcionamiento de equipos e instalaciones industriales, que se relacionen con el Sector del Metal. Más detalles en el Artículo 2 del Capítulo 1 del IV CEM.
El presente convenio exige a todos los trabajadores de estas actividades, que hagan una formación mínima en materia de prevención de riesgos laborales, la cual es diferenciada en dos bloques:
Su función principal es acreditar la formación específica recibida, conforme a lo exigido en el Anexo II del IV CEM, de aquellas personas trabajadoras del Sector del Metal.
Además tiene otras funciones como:
Podrán solicitar esta tarjeta:
La Tarjeta Profesional de la Construcción para el Sector del Metal es el documento expedido por la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo, FMF, que constituye una forma de acreditar, entre otros datos, la formación específica recibida por las personas trabajadoras del Sector del Metal que trabajan en obras de construcción, en materia de prevención de riesgos laborales.
Además, tiene otras funciones como:
Podrán solicitar esta tarjeta:
Estas tarjetas son expedidas por la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo, FMF, y su solicitud se puede realizar sin coste adicional a través de los puntos oficiales de tramitación homologados para ello, como FEDEME. Tienen una caducidad de 5 años desde su emisión.
Documentación para la solicitud:
El coste de ambas tarjetas correrá a cargo de la empresa donde preste sus servicios el beneficiario de la misma.