A. Los contratos de los Instaladores afectados por el Coronavirus COVID-19
En una de las charlas por videoconferencia que hemos impartido a los asociados de FEDEME, en relación con el impacto del COVID-19 en los contratos mercantiles suscritos por las empresas asociadas, surgió la cuestión de cómo afectaba el estado de alarma a las instalaciones eléctricas que no se han llevado a cabo por imposibilidad relacionada por la pasada alerta sanitaria.
Decididos a analizar esta situación, hemos de diferenciar dos situaciones completamente diferentes:
En el primer caso, cuando la instalación eléctrica se realiza a una empresa o autónomo, nuestras obligaciones serán las que se establezcan en el contrato suscrito, y en su ausencia, evidentemente tendrán que llevarse a cabo conforme a la buena fe.
En este sentido, y aunque habría que estudiar cada caso, habiendo mediado una causa de fuerza mayor, la instalación se hará una vez levantado el estado de alarma, o se habrá que llegar a un acuerdo entre ambas partes para resolver el contrato.
El problema surge en el segundo caso, cuando la instalación eléctrica se realiza a un consumidor o usuario amparado por la legislación de consumo. En este sentido:
Sin embargo, a pesar de que la legislación de Consumo es sumamente protectora con los consumidores y usuarios, en este caso ofrece a los instaladores una posibilidad de negociación, tal y como analizaremos seguidamente.
B. Novedad legislativa habida durante el estado de alarma.
Entre la maraña legislativa que ha habido a resultas del estado de alarma, nos encontramos con el artículo 36 del Real Decreto Ley 11/2020, que debemos estudiar meticulosamente por ser de interés para los Instaladores que reciben una solicitud de desvinculación de un consumidor o usuario.
Así pues, y esta es la CONCLUSIÓN con la que debemos de quedarnos, esta legislación ofrece la posibilidad de proponer una negociación durante 2 meses, y en caso de que no prospere, el Instalador no tendrá más remedio que devolver el dinero al consumidor, en la misma forma que lo abonó, pero detrayendo los gastos incurridos, debidamente desglosados y facilitados al cliente.
Como puede observarse, es una novedad legislativa que concede a los Instaladores muchas posibilidades de acción y de negociación, que hemos venido utilizando con varios de nuestros clientes en sus renegociaciones contractuales, y que supone un arma eficaz para evitar, o al menos paliar, algunas de las consecuencias de la pandemia del Coronavirus Covid-19.
César Romero de la Osa Martínez
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