Hace unas semanas, el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) ha hecho pública una sentencia que tiene una importancia capital para el sector de estaciones de servicio y que posibilita la reclamación por parte de todos los empresarios que desde el año 2000 explotaron como arrendatarios o propietarios las estaciones de Repsol, Cepsa y Bp. La sentencia, que proviene de una cuestión prejudicial elevada por un juzgado español, constata que las estaciones de servicio vinculadas a Repsol; Cepsa y BP mediante contratos semejantes a los analizados por las resoluciones de la extinta Comisión Nacional de la Competencia de 2001 y 2009 -que son un 97%, según esta última- ya no requieren acreditar que las petroleras les fijaron el precio, sino que corresponde a las operadoras demostrar que no cometieron dicha infracción.
Es decir, la práctica totalidad de estaciones de servicio de Repsol, Cepsa y BP podrán reclamar los perjuicios ocasionados durante todos estos años, al dar por buenas el TJUE las resoluciones de la CNC sobre fijación de precios publicadas tanto en 2001 como en 2009. Gracias a la sentencia del TJUE, las estaciones de servicio que fueran gestores o comisionistas tienen la oportunidad de reclamar daños o la diferencia de márgenes que propicie la nulidad de esos contratos, aunque debe analizarse cada caso en concreto.
Pueden reclamar los gestores vinculados a Repsol, Cepsa y BP, independientemente de que su contrato de gestión se encuentre en vigor. También pueden hacerlo aquellos propietarios de estaciones de servicio que, hasta la entrada en vigor de la ley 11/2013 tuvieran firmado con Repsol, Cepsa o BP un contrato de abanderamiento en régimen de comisión o de reventa con descuento fijo. Pueden reclamarse los litros comprados a la petrolera a partir del año 1999-2000 (o fecha de firma del contrato, si fuera posterior) y hasta la firma del contrato consigna o reventa en Platt,s.
Ejaso, asesor jurídico de CEEES, colabora con un fondo inversor que financia la reclamación, asumiendo todos los costes y asumiendo el riesgo de una eventual condena en costas. El fondo se queda con un porcentaje de la cantidad obtenida por la estación tras la resolución del pleito.
Por todo ello estimamos oportuno organizar una reunión informativa para las estaciones de servicio, y así poder aclarar los aspectos relativos a la sentencia ganada y las particularidades de una posible reclamación.
¿CUÁNDO?: JUEVES, 29 DE JUNIO 2023.
¿DÓNDE?: SEDE APES (ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE EMPPRESARIOS DE ESTACIONES DE SERVICIO DE SEVILLA)
HORA: 12.00-14.00H*
PONENTES: EJASO ENERGÍA
Alfredo Hernández
Jose Angel Castillo
Marion Beck
Susana Toledo
AL TÉRMINO DE LA SESIÓN SE SERVIRÁ UN CÓCTEL ENTRE LOS ASISTENTES
Nota: este evento es GRATUITO y PRESENCIAL, siendo necesaria la inscripción previa en el encuentro, que no implica confirmación automática de participación. Para poder participar se debe esperar la confirmación que le será remitida.
¿CÓMO LLEGAR?
Sede APES - Avda. de la Innovación, 5. Edif. Espacio 3ª Planta Izq. 41020 - Sevilla
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